La cuota de suscripción a RTV se paga por el hecho de poseer el receptor, no por el uso que se le da. Por ejemplo, tienen un televisor en casa, y no importa que en él solo uses servicios de streaming y no te importe para nada la televisión terrestre. Asimismo, tienen una radio en el auto, no importa si solo estás transmitiendo música desde tu teléfono. Lo que importa es que tengas un receptor.
En el caso de particulares, la cuota de suscripción se paga únicamente en función del tipo de receptor, no en función del número de dispositivos que tengan. Si tenemos dos televisores y tres radios en casa, pagamos una licencia por la radio y la televisión, y si no tenemos un televisor sino solo una radio, tenemos que pagar una licencia por la radio. El conjunto de receptores de nuestra casa incluye también el receptor del coche.
La excepción son los vehículos propiedad de la empresa. Los empresarios con una flota de coches deberán pagar una cuota de suscripción para cada destinatario por separado. Entonces, si hay varios televisores en una empresa, deben pagar el doble de la tarifa de suscripción (dependiendo del número). La situación es similar en el caso de los vehículos de flota equipados con receptores de radio: la empresa debe pagar una tarifa de suscripción por cada receptor de radio de los vehículos de la flota.
A partir de enero de 2024, el precio de la licencia de radio es de 8,70 PLN al mes, pero si decidimos pagar todo el año por adelantado, podemos contar con un descuento del 10%, lo que significa que pagaremos 7,83 PLN al mes. Por lo tanto, cuesta aproximadamente 94,40 PLN por año, pero solo si la suscripción para todo el año se paga antes del 25 de enero de 2024. En caso contrario, cuesta 104,40 PLN.
Si tenemos que pagar el derecho de licencia de RTV por un aparato de radio y televisión, el importe mensual será de 27,30 PLN. El pago por adelantado para todo el año es de 294,90 PLN.
Si nos pillan sin pagar la tasa de licencia de RTV, se nos cobrará una multa equivalente a 30 veces la tasa básica, es decir, 261 PLN. También se agrega una tarifa por cada mes que evadimos la tarifa.
Por el contrario, la multa por impago de las licencias de radio y televisión en 2024 será de 819 PLN (más recargos por pagos atrasados). Como hasta ahora, los controles podrán ser realizados por empleados de Poczta Polska designados para comprobar los abonos a RTV.
Existe la creencia entre las personas que no pagan la tarifa de la licencia RTV de que no se puede demostrar que hayan evadido la tarifa obligatoria porque no hay forma de demostrárselo. Un empleado de Poczta Polska tiene derecho a comprobar si realmente tenemos algún receptor en casa, pero no está obligado a dejarlo entrar en casa. La radio del coche es diferente. Si nuestro coche no está aparcado en el garaje, la centralita puede mirar fácilmente por la ventana y tomar una fotografía, demostrando que nuestro coche tiene radio. Si es así, tenemos que pagarles. Parece extraño, pero ya ha habido casos de inspecciones similares.
¿Pero es suficiente con mirar a través del cristal? Los abogados tienen serias reservas al respecto:
El controlador del Correo Polaco deberá encender el receptor o pedirle que lo encienda para comprobar si el dispositivo funciona. Sin esta actividad, no hay certeza de que el equipo no sea falsificado o esté dañado. Los inspectores se enfrentan a otro problema: no es necesario permitir que los conductores entren en el coche para comprobar si el equipo funciona correctamente.
La conclusión: según las palabras de los abogados antes mencionados sLa foto del dispositivo de radio tomada a través de la ventanilla del automóvil no se considera prueba en un caso relacionado con la suscripción a un dispositivo de radio en el automóvil. Por lo tanto, es casi imposible recibir una multa por la radio de su automóvil (por la cual no pagó la tarifa de licencia).
También hay personas que están completamente exentas del pago de las licencias de televisión. El grupo de personas exentas del impuesto sobre equipos de televisión y radio incluye:
- Personas mayores de 75 o 60 años que perciban una pensión cuyo valor mensual no supere la mitad del salario medio.
- Personas que no pueden trabajar y entran en la primera categoría de discapacidad.
- Personas con un grado importante de discapacidad, personas sordas diagnosticadas de sordera total o pérdida auditiva bilateral y personas ciegas cuya agudeza visual no supere el 15%.
- Desempleado
- Veteranos que sufren una guerra o una discapacidad militar, o sus familias.
- Personas que tienen derecho a prestaciones en efectivo, por ejemplo, prestaciones permanentes o prestaciones de prejubilación.
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